Desde hace mucho
tiempo venimos criticando el presupuesto objetivo de la cesación de pagos,
para que la empresa que tiene dificultades económicas, pueda solicitar
su concurso preventivo de acreedores.-
La cesación de pagos es, en pocas palabras, cuando no puede hacer frente
al cumplimiento de sus obligaciones corrientes, con sus recursos normales, pero
en forma permanente.-
En realidad hay señales de alarma anteriores a que esta situación
se produzca.-
La empresa antes de llegar a ese momento, comienza con las dificultades económicas
o financieras que pueden ser de carácter permanente o no.-
Nuestra ley concursal lo advirtió y por ello creo un instituto denominado
el acuerdo preventivo extrajudicial, en el que admitió que una empresa
con éste tipo de dificultades pudiere solicitar esta solución.-
De todas maneras creemos que no es un problema sólo de nuestra legislación,
sino que se trata de un problema cultural.-
Quien denuncia que tiene dificultades económicas o financieras inmediatamente
perderá el crédito, el sistema financiero no lo apoyará
más, sus proveedores dejarán de fiarle e incluso a veces de venderle,
si es un distribuidor exclusivo dejarán de tener confianza y nombrarán
a otro en su lugar, sus compradores pensarán en que pueden no tener garantía
o lo que es más grave que no se les entregará el producto o que
no tendrán continuidad en la entrega del mismo, sus mejores empleados
comenzarán a emigrar de la empresa buscando horizontes más seguros.-
Indudablemente que cada uno de los ítems mencionados merecen un análisis
especial y no solo éste recuento, pero lo dejaremos para otra oportunidad.-
En estas líneas sólo pretendemos hacer reflexionar a esta sociedad
toda que debe cambiar su concepción ante las dificultades económicas
o financieras de la empresa, porque sino cuando llega la solución, es
tardía y por tanto no soluciona nada.-
No hay que tenerle miedo a enfrentar la crisis, pero ello se debe hacer en momentos
oportunos, para que sea eficiente.-
WALTER RUBEN JESUS TON
Abogado
Docente Universitario
Mayo
2004
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Estudio
Jurídico Ton & Asoc
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Don
Bosco 22 - Mendoza - Argentina
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